Programa de Integridad Smart Partners

En Smart Partners, estamos comprometidos con los más altos estándares de integridad y ética en todas nuestras operaciones. Nuestro Programa de Integridad y Anticorrupción es una manifestación de ese compromiso, diseñado para asegurar que cada miembro de nuestra organización actúe con transparencia, responsabilidad y en pleno cumplimiento de la ley. Creemos firmemente que la integridad es la base sobre la cual se construye la confianza, tanto con nuestros clientes y socios como con la comunidad en general.
Este programa no solo se enfoca en el cumplimiento normativo, sino que también promueve una cultura organizacional donde la ética y la responsabilidad son valores fundamentales. En Smart Partners, cada empleado es responsable de adherirse a estos principios, contribuyendo así a un entorno de trabajo donde la corrupción no tiene lugar. Estamos convencidos de que, al fortalecer nuestra integridad, también fortalecemos la confianza y el éxito a largo plazo de nuestra empresa.

Desde hace años que en todos los contratos de nuestrosempleados se encuentra la siguiente normativa de integridad y anti-corrupción:

El Trabajador declara que conoce la “NormativaAnticorrupción” entre otras, (i) la Ley 20.393, que establece laresponsabilidad penal de las personas jurídicas y sus modificaciones, enespecial la Ley 21.121; (ii) la Ley Contra Prácticas de Corrupción en elExtranjero de los Estados Unidos de América (también denominada FCPA, por sussiglas en inglés); (iii) la Convención para Combatir el Cohecho de ServidoresPúblicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de laOrganización para la Cooperación y el Desarrollo Económico del año 1997; (iv)la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción del año 2004; y, (v)la Ley contra el Soborno del Reino Unido (“UK Bribery Act” en inglés); vigentesa esta fecha.

Por lo tanto, el Trabajador reconoce y acuerda que,en relación con todas las actividades que realice bajo el presente instrumento,deberán respetar y cumplir cabalmente con la Normativa. Por ende, el Trabajadorno ha realizado y se abstendrá de realizar una oferta, promesa de entrega, oentrega de cualquier objeto de valor, y no ha realizado y se abstendrá derealizar cualquier soborno, rebaja, pago incorrecto, acto de corrupción ocualquier pago indebido, a cualquier Funcionario Público o partido político conel objeto de obtener o mantener un negocio, obtener una ventaja indebida, oinfluenciar cualquier acto o decisión de un Funcionario Público.

Asimismo, el Trabajador declara y reconoce que, enrelación con las actividades a realizarse bajo el presente instrumento, a sumejor leal saber y entender, sus agentes, representantes, empleados y cualquierotra persona que realice alguna actividad en representación del Trabajador(incluyendo subcontratistas), no han realizado y se abstendrán de realizar unaoferta, promesa de entrega, o entrega de cualquier objeto de valor, y no hanrealizado y se abstendrán de realizar cualquier soborno, rebaja, pago incorrecto,acto de corrupción o cualquier pago indebido, a cualquier Funcionario Público opartido político con el objeto de obtener o mantener un negocio, obtener unaventaja indebida, o influenciar cualquier acto o decisión de un FuncionarioPúblico.

El Trabajador expresamente reconoce que mediante lacelebración del presente instrumento ni por ningún otro acto no le ha sidoencomendado, ni ha quedado facultado para realizar en nombre o en favor deTecnologías Sociales Limitada, de manera directa o indirecta, ningún trámite ogestión que pudiese ser contrario al ordenamiento jurídico y a las normasanticorrupción señaladas anteriormente.

Para losefectos de la presente cláusula se entenderá por:“Normativa Anticorrupción” significa cualquier ley,reglamento, tratado internacional y, en general, cualquier tipo de normajurídica que tenga por objeto prevenir, combatir o sancionar la corrupción, ellavado de activos, el cohecho y el financiamiento del terrorismo, incluyendo,entre otras, (i) la Ley 20.393, que establece la responsabilidad penal de laspersonas jurídicas y sus modificaciones, en especial la Ley 21.121; (ii) la LeyContra Prácticas de Corrupción en el Extranjero de los Estados Unidos deAmérica (también denominada FCPA, por sus siglas en inglés); (iii) laConvención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros enTransacciones Comerciales Internacionales de la Organización para laCooperación y el Desarrollo Económico del año 1997; (iv) la Convención de lasNaciones Unidas Contra la Corrupción del año 2004; y, (v) la Ley contra elSoborno del Reino Unido (“UK Bribery Act” en inglés); vigentes a esta fecha.

“FuncionarioPúblico” significa, de forma enunciativa más no limitativa:

(a) Cualquier oficial o empleado de una entidad,departamento, agencia o dependencia de gobierno, un miembro del cuerpolegislativo o judicial, un partido político, una organización internacional oun candidato a un puesto político;

(b) Una persona que cumpla funciones públicas en opara departamentos, agencias o dependencias del gobierno (aunque no seanempleados de dichos departamentos o dependencias);

(c) Personas empleadas por dependencias estatales,compañías, empresas, instituciones públicas y asociaciones civiles que cumplanfunciones u obligaciones de organización, liderazgo, supervisión oadministración, o personas asignadas o enviadas por cualquier agencia delgobierno o por una unidad de un nivel superior de las compañías propiedad delestado, empresas, instituciones públicas o asociaciones civiles que cumplanfunciones de  organización, liderazgo,supervisión o administración, o cualquiera de las personas indicadas conanterioridad que sean trasladadas temporalmente a cualquier compañía, empresa,institución pública o asociación civil; y

(d) Cualquier empleado o persona con una relaciónfamiliar cercana del mismo (padres, hijos, hermanos, y cónyuge o pareja dehecho), incluyendo los empleados de empresas estatales que realizan obraspúblicas o tareas administrativas.

Procedimientode denuncia y sanciones

Asimismo,los canales de denuncia interna son conocidos por los empleados, y se invita acualquier denuncia hacerla directamente a nuestro Gerente General, Francisco del Campo al fndelcampo@smartpartners.cl. Ante esto, se procederá ainvestigar la denuncia, y según su merito proceder con las sancionescorrespondientes, entre las que se encuentran término de la relación laboral,entre otros procesos legales si así lo ameritara.